Alquileres: regulan comisiones a las inmobiliarias

Fallo a favor de inquilinos
Frenan cobro de dos meses de
alquiler en concepto de
comisión
La Justicia porteña suspendió una resolución del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires que permitía cobrar más comisiones por los contratos de alquieler que las legales. A partir de la disposición no se puede cobrar más del 4.15% del valor total del contrato en concepto de comisiones y no dos meses de alquiler. Además se establecen multas de $20 mil por incumplimiento.
                                                                                El juez Marcelo Segón,
titular del juzgado N° 17 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió “suspender en forma inmediata la Resolución CUCICBA N° 350/16” , mediante la cual el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios habilitó el cobro de hasta dos meses de alquiler de comisión.
De esta manera el magistrado resolvió la medida cautelar en respuesta al amparo colectivo -impulsado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, y por el señor Gervasio Muñoz, en su calidad de inquilino y de integrante de la agrupación Inquilinos Agrupados contra el CUCICBA- y hasta tanto se dicte sentencia definitiva “los corredores inmobiliarios no podrán cobrar en concepto de comisión al inquilino de un inmueble con destino a vivienda un importe superior al 4,15% del valor total del respectivo contrato de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 2340”, en su artículo 57.

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